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Publicado: 11 de Noviembre de 2021
La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado la sentencia obtenida por Juan Pérez estudio jurídico ante el Juzgado de Familia de la capital hispalense, por la que se establecía que los gastos de desplazamiento del padre, para cumplir el régimen de visitas a su hijo desde Málaga a Sevilla, han de ser sufragados por ambos progenitores. La Audiencia Provincial ha recogido la jurisprudencia del Tribunal Supremo, invocada por este despacho, sobre el reparto equitativo de los gastos de desplazamiento en los casos en que los padres vivan en localidades diferentes, fundamentalmente las Sentencias del Tribunal Supremo de 26 de mayo de 2014 y la de 22 de marzo de 2018.