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Absolución del delito de conducción sin puntos 

La Audiencia Provincial de Málaga ha estimado el recurso de apelación de Juan Pérez estudio jurídico, absolviendo a un conductor que fue denunciado por la Guardia Civil de Tráfico por un delito contra la Seguridad Vial, al conducir su vehículo habiendo perdido todos los puntos del permiso de conducción.

En primera instancia, el Juzgado de lo Penal de Málaga condenó a nuestro cliente a una pena de multa de 18 meses (3.780 euros) y el pago de las costas procesales, por el delito contra la Seguridad Vial del artículo 384 del Código Penal.

Tras el recurso interpuesto por nuestro estudio jurídico contra dicha sentencia, la Audiencia Provincial de Málaga estableció que en la resolución no se incluyó entre los hechos probados la obligatoria concurrencia del dolo del conductor, es decir, la consciencia y voluntad de infringir la Ley. Siendo esencial para conformar el presunto delito probar tanto el elemento objetivo del tipo penal (es decir, la acción de conducir sin puntos), como el elemento subjetivo del tipo penal (es decir, la consciencia y voluntad de infringir la norma de circulación vial), sin que finalmente se consignara en los hechos probados el citado elemento subjetivo, no había más opción que la estimación de nuestro recurso y la absolución de nuestro defendido.

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